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30/10/2013
LA CORTE DECLARÓ VIGENTE EN SU TOTALIDAD LA LEY DE MEDIOS AUDIOVISUALES

Luego de 4 años de haberse sancionado y habiendo sido objeto de todo tipo de argucias legales por parte de los estudios de abogados del grupo “Clarín” finalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció acerca de la validez constitucional de la totalidad del articulado de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La ley de Medios Audiovisuales en su texto limita y restringe a los multimedios concentrados, el meollo de la cuestión fue la supuesta afectación de los intereses del grupo liderado por el empresario Héctor Magnetto, que aún habiendo sido declarada la constitucionalidad de todo lo actuado por los legisladores nacionales, ha adelantado su recurso ante los organismos de justicia internacionales, pese a que según el constitucionalista Eduardo Barcesat, legalmente no hay instancias superiores adonde recurrir, pues esos estrados se utilizan para la defensa de los intereses individuales y no para amparar intereses de grupos económico.

Recordemos que durante todo el proceso legal que hoy se ha cerrado, el holding propietario de TN fue sistemáticamente invocando que la normativa de la Ley de Medios Audiovisuales restringía la libertad de expresión, argumento que fue descalificado por la Corte Suprema y la propia realidad.

Los 4 artículos que oportunamente fueron cuestionados como inconstitucionales, son los que siguen:

Artículo 41: establece que las licencias son intransferibles.

Texto del ARTÍCULO 41: Transferencia de las licencias. Las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles.

Excepcionalmente se autoriza la transferencia de acciones o cuotas partes de las licencias luego de cinco (5) años de transcurrido el plazo de la licencia y cuando tal operación fuera necesaria para la continuidad del servicio, respetando que se mantenga en los titulares de origen más del cincuenta por ciento (50%) del capital suscripto o por suscribirse y que represente más del cincuenta por ciento (50%) de la voluntad social. La misma estará sujeta a la previa comprobación por la autoridad de aplicación que deberá expedirse por resolución fundada sobre la autorización o rechazo de la transferencia solicitada teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos solicitados para su adjudicación y el mantenimiento de las condiciones que motivaron la adjudicación.

La realización de transferencias sin la correspondiente y previa aprobación será sancionada con la caducidad de pleno derecho de la licencia adjudicada y será nula de nulidad absoluta.

Personas de existencia ideal sin fines de lucro. Las licencias concedidas a prestadores de gestión privada sin fines de lucro son intransferibles.


Artículo 45: dos apartados fijan un límite a la cantidad de licencias concentradas.

Texto del ARTÍCULO 45: Multiplicidad de licencias. A fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias.

En tal sentido, una persona de existencia visible o ideal podrá ser titular o tener participación en sociedades titulares de licencias de servicios de radiodifusión, sujeto a los siguientes límites:

1. En el orden nacional:

a) Una (1) licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital. La titularidad de una licencia de servicios de comunicación audiovisual satelital por suscripción excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual;

b) Hasta diez (10) licencias de servicios de comunicación audiovisual más la titularidad del registro de una señal de contenidos, cuando se trate de servicios de radiodifusión sonora, de radiodifusión televisiva abierta y de radiodifusión televisiva por suscripción con uso de espectro radioeléctrico;

c) Hasta veinticuatro (24) licencias, sin perjuicio de las obligaciones emergentes de cada licencia otorgada, cuando se trate de licencias para la explotación de servicios de radiodifusión por suscripción con vínculo físico en diferentes localizaciones. La autoridad de aplicación determinará los alcances territoriales y de población de las licencias.

La multiplicidad de licencias —a nivel nacional y para todos los servicios — en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del treinta y cinco por ciento (35%) del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios referidos en este artículo, según corresponda.

2. En el orden local:

a) Hasta una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM);

b) Una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM) o hasta dos (2) licencias cuando existan más de ocho (8) licencias en el área primaria de servicio;

c) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión abierta;

d) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva abierta siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión por suscripción;

En ningún caso la suma del total de licencias otorgadas en la misma área primaria de servicio o conjunto de ellas que se superpongan de modo mayoritario, podrá exceder la cantidad de tres (3) licencias.

3. Señales:

La titularidad de registros de señales deberá ajustarse a las siguientes reglas:

a) Para los prestadores consignados en el apartado 1, subapartado "b", se permitirá la titularidad del registro de una (1) señal de servicios audiovisuales;

b) Los prestadores de servicios de televisión por suscripción no podrán ser titulares de registro de señales, con excepción de la señal de generación propia.

Cuando el titular de un servicio solicite la adjudicación de otra licencia en la misma área o en un área adyacente con amplia superposición, no podrá otorgarse cuando el servicio solicitado utilice la única frecuencia disponible en dicha zona.


Artículo 48: descarta la figura de un "derecho adquirido" por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas.

Texto del ARTÍCULO 48: Prácticas de concentración indebida. Previo a la adjudicación de licencias o a la autorización para la cesión de acciones o cuotas partes, se deberá verificar la existencia de vínculos societarios que exhiban procesos de integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social.

El régimen de multiplicidad de licencias previsto en esta ley no podrá alegarse como derecho adquirido frente a las normas generales que, en materia de desregulación, desmonopolización o defensa de la competencia, se establezcan por la presente o en el futuro.

Se considera incompatible la titularidad de licencias de distintas clases de servicios entre sí cuando no den cumplimiento a los límites establecidos en los artículos 45, 46 y concordantes.


Artículo161: Otorga un año de plazo para realizar la desinversión a los que tengan que adecuarse a la nueva reglamentación.

Texto del ARTÍCULO 161: Adecuación. Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición. Vencido dicho plazo serán aplicables las medidas que al incumplimiento —en cada caso— correspondiesen.


Lamentablemente esta novedad judicial que debería llenarnos de júbilo generalizado, inmediatamente afectó los mercados nacionales e internacionales, pues se presenta a una ley votada por las instituciones de la República como una práctica confiscatoria que en nada contribuye a mantener la seguridad jurídica, que tanto reclaman los potenciales inversores del extranjero.

MILONGA EN EL CENTRO CULTURAL R. SANTORO
EL PUEBLO DE FIESTA: SE CELEBRARON ELECCIONES EN TODO EL PAÍS


A nivel Nacional:

Luego de las elecciones P.A.S.O. realizadas el 11 de agosto ppdo. toda la comunidad política y el ciudadano en general, esperaba ansioso el desarrollo de las elecciones realizadas el domingo 27/10 a lo largo y a lo ancho del país para renovar senadores y diputados nacionales, así como, las mismas categorías en algunas provincias y en nuestra legislatura local.

Afortunadamente todo el proceso electoral se desarrolló con absoluta normalidad, no existiendo grandes contratiempos, impugnaciones, cuestionamientos legales o denuncias de hechos vandálicos, delitos de índole electoral, etc. u otras cuestiones legales que se resolvieron en tiempo y forma.

En esta oportunidad, el gobierno nacional exponía la mayoría legislativa que posee junto con sus aliados políticos, tanto en la Cámara de Diputados cono en el Senado de la Nación. Esta realidad política que no se pudo torcer pese al accionar de los medios concentrados, grupos económicos que en la actualidad se hallan disputando el poder real con el estado nacional.

Dentro de estas prácticas “nonc santas” basta recordar lo acontecido con el publicitado video -grabado ilegalmente – cuando el legislador de la ciudad y candidato a diputado nacional por el FPV Juan Cabandié, tuvo un desafortunado intercambio de palabras con una agente de tránsito en la localidad de Lomas de Zamora, suceso que melló la figura política del nacido en la triste y célebre ESMA, sitio emblemático de la represión ilegal durante el último proceso militar.

En este contexto de inestabilidad artificialmente montado por los sectores que ven peligrar sus intereses hegemónicos, victimizados por los grandes medios de comunicación, no cabía otro escenario electoral que una importante derrota electoral del kirchnerismo y su correspondiente correlato al momento de contar los porotos en las dos cámaras del congreso nacional.

Pero nada de ello ocurrió, lejos de perder representantes el peronismo Kristinista aumentó el número de sus bancas, logrando de tal manera quórum propio, en ambas cámaras, echándose así por tierra, todo el esfuerzo mediático destinado a burlar a la opinión pública y a los votantes en general, con el objeto de abortar el proyecto kirchnerista e ir sentando las bases de una nueva esperanza colectiva, personificada por los mismos intereses y grupos políticos que nos llevaron casi a la desintegración en los albores del siglo.


Votos a Diputados Nacionales:

Como se puede apreciar el oficialismo nacional contará desde el 10/12/2013, con quórum propio en la Cámara de Diputados (ídem senadores), aumentando el número de sus bancas, pese a lo cual, hay que decir también que existió una merma importante de apoyo popular para el kirchnerismo si comparamos los resultados con los del año 2011. Pero estas son elecciones legislativas y esa quizás sea una de las causas de la merma de votos K.

Por ello, resultará en nuestro criterio interesante compartir algunos cuadros estadísticos comparativos que grafican todas las elecciones nacionales realizadas a partir del año 2009, fecha en la cual, al igual que este domingo se llevaron a cabo elecciones para renovar la composición de las legislaturas.

Cuadro I: Principales distritos electorales del país.

En el cuadro que sigue y los posteriores que compartiremos se encuentran reflejadas las estadísticas del FPV y sus aliados, correspondientes a todos los distritos del país, que incluyen las legislativas del 2009, las elecciones del 2011 que consagraron a Cristina Fernández de Kirchner, las P.A.S.O. DE agosto/2013 y las del domingo 27/10/2013, a fin de analizar si el oficialismo nacional ha mermado o aumentado su caudal electoral respecto a las elecciones del 2009.

(1) CABA: 2009: 11,61% - 2013: 21,59%.
(2) Buenos Aires: 2009: 32,18% - 2013: 32,12%.
(3) Santa Fé: 2009: 9,63% - 2013: 22,54%.
(4) Córdoba: 2009: 9,09% - 2013: 15,25%.
(5) Mendoza: 2009: 26,93% - 2013: 27,09%.
(6) Entre Ríos: 2009: 34,36% - 2013: 46,60%.


Cuadro II:


(7) San Juan: 2009: 56,28% - 2013: 55,36%.
(8) Tucumán: 2009: 52,87% - 2013: 46,87%.
(9) Sgo. del Estero: 2009: 15,69% - 2013: 4,76%.
Fte. CívicoSantiag 2009: 62,35% - 2013: 75,72%.
(10) Corrientes: 2009: 35,71% - 2013: 42,63%.


Cuadro III:

(11) Misiones: 2009: 16,63% - 2013: 11,15%.
Fte. Concordia: 2009: 48,12% - 2013: 43,07%.
(12) Formosa: 2009: 64,33% - 2013: 55,22%.
(13) Chaco: 2009: 49,93% - 2013: 59,03%.
(14) Salta: 2009: 4,96% - 2013: 7,28%.
P. Justicialista: 2009: 29,59% - 2013: 18,97%.
(15) Neuquén: 2009: 13,04% - 2013: 21,27%.
Mov. Popular Neuquino: 2009 29,50% - 2013: 40,20%.


Cuadro IV:

(16) Jujuy: 2009: 39,80% - 2013: 11,15%.
(17) Catamarca: 2009: 33,47% - 2013: 38,64%.
(18) San Luis: 2009: 3,43% - 2013: 17,89%.
(19) Chubut: 2009: 55,58% - 2013: 23,24%.
(20) Tierra del Fuego: 2009: 25,24% - 2013: 22,73%.
(21) La Pampa: 2009: 37,74% - 2013: 35,16%.


Como se podrá apreciar el dato político relevante al igual que en el año 2003, se ha producido nuevamente en la Provincia de Buenos Aires, donde en aquella oportunidad el propio ex presidente encabezó la lista de diputados nacionales del FPV, siendo derrotado por Francisco de Narváez, y habiendo obteniendo el FPV en ese entonces el 32,18% de las preferencias, prácticamente el mismo resultado que obtuvo el pasado domingo el candidato del FPV Martín Insaurralde apoyado por el 32,12% de los electores.


Corolario: En función de la información nacional previamente reseñada relacionada con la jornada democrática desarrollada el domingo 27 de octubre, digamos en síntesis que el FPV, se consolidó en ambas cámaras legislativas ya que a partir del día 10/12/2013 contará con quórum propio en ambos cuerpos, lo que de algún modo lo ha posicionado en mejores circunstancias que lo vaticinado por todo el establishment que maneja el poder real en la Argentina.

CABA RESULTADOS ELECTORALES DEL DÍA 27/10/2013


Como consecuencia de la realización de las P.A.S.O. el pasado 11/08/2013, solamente quedaron habilitadas 6 fuerzas políticas para disputar las bancas de diputados y senadores nacionales en juego. El escrutinio final determinó estos resultados

CATEGORÍA SENADORES DE LA NACIÓN:


Los senadores electos por el PRO fueron Gabriela Michetti y Diego Santilli, mientras que por la alianza UNEN fue electo Fernando “Pino” Solanas.


CATEGORÍA DIPUTADOS NACIONALES

Con referencia a la categoría diputados nacionales, fueron electos los candidatos siguientes:

Por UNION-PRO (5): El rabino Sergio Bergman, Federico Sturzenegger, Laura Alonso, Alberto Jorge Triaca y Silvia Cristina Majdalani.

Por la alianza UNEN (5): Elisa Carrió, Martín Lousteau, Fernando Sánchez, Ana Carla Carrizo y Alcira Susana Argumedo.

Por el FPV (3): Juan Cabandié, Liliana Mazure y Carlos Heller.


CATEGORÍA LEGISLADORES DE LA CIUDAD

En estas elecciones se renovó el 50% de las bancas de la legislatura porteña (30), volviendo a ganar la oferta electoral presentada por el oficialismo porteño hegemonizado por la macrista alianza UNION-PRO.

Como se puede apreciar a diferencia de las categorías anteriores, fueron muchas y poco representativas electoralmente las listas que participaron y ello se debió a que el oficialismo porteño no ha adherido a las PASO a nivel local.

Por el voto de los ciudadanos porteños fueron electos los diputados que siguen:

Por UNION- PRO (12): Fernando Iván Petrella, Juan Pablo Arenaza, Carmen Polledo, José Alejandro García, Agustín Furchieri, María Karina Spalla, Roberto Alfredo Quattromano, Federico Salvai, Cecilia María De La Torre, Helio Dante Rebot, Héctor María Huici y Victoria Inés Roldán Méndez.

Por UNEN (8): Gustavo Javier Vera, María Eugenia Estensoro, Hernán Ariel Arce, Juan Francisco Nosiglia, Paula Mariana Oliveto Lago, Hernán Abel Rossi, Javier Alberto Gentilini y María Inés Gorbea.

Por el FPV (6): Jorge Taiana, María Rosa Muiños, José Cruz Campagnoli, Claqudio Palmeyro, Lorena Pokok García y Gabriel Fuks.

Por Confianza Pública (2): Graciela Ocaña y Cristina García de Aurteneche.

Por el Frente de Izquierda y de los Trabajadores (1): Marcelo Ramal.

Por Alernativa Popular (1): Pablo Ferreyra.

Solo nos resta pedirle a los legisladores electos que cumplan la misión que el voto popular les ha otorgado, preocupándose por el bien común y desarrollando sus actividades en forma transparente y a favor de los más necesitados.

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