:: Actualidad
30/11/2017

NUEVO PROYECTO “ECO PARQUE”

El ex zoológico porteño fue por siempre un lugar donde los “educandos” de las escuelas primarias recalaron en alguna oportunidad de sus vidas, ansiosos per sé concurrieron a dicho lugar para ver en vivo y en directo a las especies más conocidas, encontrándose muchas veces con otras que nunca jamás olvidaron.

Este espacio cultural de la ciudad fue siempre administrado por el estado, hasta que durante la administración menemista se inicia un proceso de privatización que culmina con la adjudicación del predio a una empresa timoneada por Gerardo Sofovich un gran amigo del riojano presidente que condujo al país durante una década.

Con la nueva constitución porteña y estando al frente de la administración Aníbal Ibarra, de algún modo, el estado vuelve a apretarle las clavijas al concesionario. Defenestrado el primer Jefe de Gobierno, luego del interinato de Jorge Telerman, asume por el voto popular Mauricio Macri y con el empieza la pérdida del control del recreo porteño.

Los nuevos concesionarios le abonan al GCBA canon irrisorios, el plazo de las explotaciones no llega a los 5 años para eludir la intervención de la legislatura y así poco a poco, se resiente la calidad del servicio, se reducen las especies, aumenta el valor de las entradas y todo se va convirtiendo en una gran patio de comidas.

Y a todo esto, las especies sufren las consecuencias de una pésima administración del luego bautizado “Eco Parque Porteño”, las denuncias de las organizaciones defensoras de los derechos de los animales llueven y entonces se decide migrar las especies hacia otros destinos más amigables y también se logra reinsertar en su hábitat a especies tales como el cóndor que se encontraba bajo las rejas del zoológico.

Y lo que se hablaba en los corrillos del mentidero político local, era solo saber la oportunidad en la cual, se iba a concretar el pase de la explotación de lo que quedaba del zoológico a manos privadas, nada nuevo y en sintonía con la visión que tiene la actual administración porteña del manejo de los bienes públicos.

Es por ello, que nonos  resultó extraña la entrada a la Legislatura Porteña de un proyecto de Ley presentado por el oficialismo, cuyo objetivo es concesionar por el término de 30 años los 21 recintos que ocupaban los animales del Zoológico (algunos todavía moran en ellos), antiquísimas edificaciones que han sido declaradas como “Monumento Histórico Nacional” y que suman en total 35.000 m2. Cubiertos.

En los considerandos del proyecto se justifica dicha necesidad por el estado en que se encuentran los referidos sitios y además crear conciencia acerca de la fauna, pero en verdad lo que hay detrás es un fabuloso negocio, pues se incorporarán locales gastronómicos, confiterías, etc. sustentables para los visitantes.

Como aconteciera con la concesión del centro de exposiciones porteño, es lamentable que los propios funcionarios del “Ecoparque” justifiquen lo prologando de la concesión, operando ante la opinión pública como voceros de los potenciales concesionarios.

Todavía no se ha determinado el monto definitivo de las concesiones a otorgar (se descuenta su aprobación), otra particularidad es que se solicitará una tasación al Banco Ciudad, para así supuestamente garantizar una base mínima de oferta para cada una de las construcciones y su entorno.

No se licitará en bloques y en la primera etapa se concesionarán los edificios siguientes: la Osera, el Acuario, la Felinera, el edificio Bagley y la confitería El Águila. Todas estas construcciones deberán ser restauradas conforme las especificaciones técnicas que brinde el “Eco-Parque” y la aprobación definitiva de la “Comisión Nacional de Monumentos, Sitios y Lugares Históricos”.

En su segunda fase serán concesionados los sitios siguientes: el Reptilario, el Pabellón de los Loros, la Fosa de leones, el Templo Hindú de Elefantes, la Choza o ex Congoleña, el Antiguo Monario Azul, la Casa de Ciervos, el Templo Hindú de Cebúes, el Pabellón Ruso, el Pabellón de Camellos, la Casa de las Jirafas, el Chalet de Rinocerontes, la Condorera, el Acuario, la Antigua Caballeriza, el Museo de Arte Infantil, ex Casa de los Pumas y Víboras y la Administración General.

Los adjudicatarios deberán realizar actividades, recreativas y de concientización en materia de conservación animal y preservación del ambiente, así como, servicios y propuestas complementarias para atraer visitantes, es aquí donde se sostiene que las licitaciones le vendrán como anillo al dedo a las grandes cadenas gastronómicas y en especial a las de comidas rápidas.

La oportunidad de las licitaciones en cuestión dependerá de la capacidad que tengan las autoridades del “Ecoparque” para derivar las especies que aún permanecen en las instalaciones hacia otros destinos más amigables para los animales.

El predio del actual “Eco-Parque” es de 18 hectáreas y se encuentra enclavado en la comuna 14, en total posee 81 edificios de los cuales serán demolidos 42 construcciones que datan de los tiempos del menemismo, dentro de las 39 restantes se encuentran los 21 edificios que serán licitados, casi todos ellos erigidos a fines del siglo XIX y principios del XX.

Como sucede en todos los casos algunas  voces aprueban el proyecto y otras las aborrecen, sobre todo cuando se evidencia un particular interés por parte del oficialismo porteño por conceder al sector privado la explotación de un espacio público catalogado como patrimonio histórico.

Por el lado de las asociaciones de vecinos e historiadores, acostumbrados a buscar las mejores soluciones para compatibilizar el nuevo escenario paisajista que se intenta introducir con las particularidades de cada uno de los Monumentos Históricos, vemos que la tarea no resultará fácil ni siquiera para los especialistas.

Las organizaciones de defensa de los animales también protestaron dado que las obras que se realicen en el predio, repercutirán negativamente en la vida cotidiana de los 1200 ejemplares que todavía no han sido trasladados.

Cuando se haya concesionado el último espacio público, el estado será un convidado de piedra y si más adelante alguna administración deseare recuperar la potestad absoluta sobre los espacios del estado, grande serán los montos que deberá pagar por cancelar estos contratos.

29-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

EL FUTURO DESTINO DE LOS ADOQUINES DE LA CIUDAD

El 13 de mayo nuestro equipo de redacción publicó la nota que sigue:

“Podrán, limo y arena, por ver la luna llena rasgar el negro manto del asfalto. Podrán, arena y limo, volver a ser camino”.

“Profética la letra de la canción “Arena y Limo” de Joan Manuel Serrat, muchas veces los hombres en algún momento de nuestra existencia nos interrogamos acerca del destino de la madre tierra que queda atrapada bajo el cemento y las capas de asfalto y la respuesta que nos da el sentido común entonces es que el avance tecnológico y la dirigencia política está “matando la tierra”, el espacio común de todos.

Los que ya tenemos varias décadas de años encima fuimos viendo como paulatinamente los tradicionales empedrados de la ciudad de Buenos Aires fueron desapareciendo, sepultando así el hombre los poros de la Pachamama.

Y toda esta introducción la realizamos porque en los corrillos de la política porteña ya se da como un hecho el ingreso a la legislatura de un proyecto de Ley que autorizaría al Ministerio de Ambiente y Espacio Público al retiro paulatino de los adoquines que sobreviven, una superficie empedrada que representa aún alrededor del 20% de las calles de la ciudad.

En otras entregas hicimos mención que el adoquinado porteño forma parte del patrimonio cultural de la ciudad, conforme lo dispuesto por el texto de la Ley Nº4806/13, al que se le suma la normativa Nº65 que establece que todas las calles empedradas cercanas a los monumentos históricos, deben ser reparados utilizando a tal efecto el mismo material original, es decir, bajo ninguna circunstancia deberían ser reemplazadas las calles o accesos empedrados por asfalto o cemento.

Como ya lo expresáramos en párrafos anteriores, no hace falta formar parte de una organización ambiental ni ser opositor al oficialismo porteño para darnos cuenta que la presencia del adoquinado permite un mejor drenaje de las lluvias, así como, ofician de moderadores de la temperatura en el verano, impidiendo además el uso de altas velocidades por parte de los automovilistas.

No resisten el menor análisis las razones que desde el GCBA se brindan para justificar el retiro del adoquinado, pues son irrisorios argumentaciones tales como que resulta muy costoso realizar reparaciones que requieran el retiro y posterior colocación de los adoquines, pues no existe personal con expertíz para la tarea y que por consiguiente las obras se atrasan y encarecen.

Supongamos que el presupuesto descripto en el párrafo anterior fuera cierto y consistente, al respecto, podríamos decir entonces que estos gastos son nada en relación a los miles de millones de pesos que se dilapidan en proyectos que para nada contribuyen a la mejora de la ciudad ni a la felicidad de sus habitantes.

Algunos por otro lado sostienen que tras este tipo de proyectos existe toda una red de negocios que nacen a partir de la comercialización por una bagatela de los adoquines, elementos que pueden ser destinados para fines varios, incluso para adoquinar pueblos que tienen calles de tierra en muchísimas municipalidades del país.

Defendamos a los últimos adoquines porteños…”

La Legislatura Porteña mediante la Ley Nº4.806 declaró que las calles construidas con adoquinado granítico forman parte del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, incorporando así al catálogo definitivo de elementos que detalla su articulado.

Con la sanción de la modificación aprobada por el parlamento de la ciudad, a partir de ahora será posible realizar la remoción de los adoquines desgastados y/o destruidos, así como, autorizar el uso de aquellos que se encuentren deteriorados o deban ser removidos para la producción de asfalto.

La norma fue impulsada por el Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta y contó con el voto positivo de 35 voluntades, al momento de la votación se opusieron 14 diputados, mientras que otros 6 legisladores de abstuvieron.

Votaron afirmativamente el PRO, el partido socialista, el partido socialista argentino y el Frente Renovador (35).

Votaron negativamente el FPV, el Bloque Peronista, el FIT y el BC (14).

Se abstuvieron: los integrantes del bloque SUMA + (6).

La nueva redacción del artículo 3° de la Ley 4.806, queda entonces redactada de la manera siguiente:

"Artículo 3°.- La Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, conformará el catálogo definitivo. Asimismo, podrá autorizar la actualización del mencionado Catálogo a instancia del Poder Ejecutivo, mediante la Autoridad de Aplicación que este designe, por motivos debidamente fundados. Dicha actualización deberá tener en cuenta especialmente el entorno donde se encuentran las calles adoquinadas en cuestión”.

En los fundamentos se destacó que “no se pretende desconocer el valor histórico que las calles adoquinadas poseen, sino lograr un equilibrio razonable entre la preservación de dicho patrimonio cultural y las necesidades del creciente y complejo parque automotor que exige fluidez en el tránsito y precisión de maniobras. En aquellos lugares donde el adoquinado porteño cumpla adecuadamente con sus funciones viales, ambientales, estéticas y culturales, la protección quedará garantizada”.

Con esta modificación sancionada se atenta contra el patrimonio cultural de la ciudad, pretendiéndose argumentar - sin solidez alguna - que con la modificación incorporada y utilizando los adoquines como materia prima se obtendrán grandes  reducciones de costos en el futuro al momento de producir la capa asfáltica.

27-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

FINALMENTE SE MODIFICARÍAN LOS HORARIOS DE LOS SERVICIOS DE LOS TRENES SUBTERRÁNEOS

A fines de junio/2017 se iba a poner en vigencia la extensión horaria del servicio de subterráneos en la CABA, sin embargo, la medida fue postergada y ahora hay un fuerte corrillo que nos indica que estamos a días de efectivizarse el ya anunciado cambio.

Si bien no se trataría de las mismas propuestas horarias, finalmente el servicio se cumpliría contemplando las franjas horarias siguientes:

Lunes a Viernes: de 5,30 a 23,30 hs.

Sábados: 6,00 a 24,00 hs.

Domingos y Feriados: 8,00 a 22,00 hs.

Sin duda los estudiantes y la familia en general festejarán estos potenciales cambios, que los beneficia grandemente, en la semana porque podrán utilizar el servicio una hora más y la familia en general porque podrán retornar a sus hogares contando con la seguridad que brinda el servicio y la rapidez que tiene respecto a las líneas de colectivo.

Ojala prontamente se materialice este cambio tan necesario y que tiene mucho de sentido común.

25-11-2017 Redacción Ciudad Ktypton Digital.

24/11/2017

DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

La Dirección General de Promoción Cultural del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires se adhiere al a la celebración del próximo 25 de noviembre, fecha en la que la ONU ha instituido  como el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, toda una definición que nos llama como sociedad a una sana y necesaria reflexión, toda vez que en casi toda la geografía planetaria se continúa con la triste practica conocida como violencia de género.

En tal sentido, acompañamos los esfuerzos que realiza el GCBA y otras organizaciones de orden público y privado tendientes a concientizar a la ciudadanía acerca de este flagelo social y cultural que tiene como actor principal al hombre, por eso manifestamos que nunca vienen mal los habituales cortometrajes que se realizan y proyectan en este día para contribuir de alguna manera a la toma de una conciencia colectiva que reduzca y finalmente erradique por completo la violencia de todo tipo.

Es por ello, que frente a cualquier hecho de violencia en el seno de nuestros hogares o el de terceros, rogamos que las personas de bien se comuniquen a la línea telefónica 0800-666 8537, habilitada por el GCBA durante las 24 horas del día.

24-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

UNA BUENA NOTICIA: EN LA AV. ENTRE RÍOS SE PLANTARON NUEVAS ESPECIES ARBÓREAS

Recientemente ha finalizado el reemplazo de todas las veredas de la Av. Entre Ríos, sus esquinas y adyacencias, obra que por cierto no era imprescindible y que tampoco ha sido lo económico que hubiéramos pensando, sin embargo, lo positivo ha sido:

Se ha beneficiado el tránsito de las personas con discapacidad que se desplazan en sillas de ruedas y/o que tienen reducida movilidad o visión, de tal modo que ya no se las observa como hace poco tiempo lidiando contra sus propias limitaciones físicas y también debiendo soportar las barreras arquitectónicas que el estado de las veredas le generaban.

Además se han reemplazado especies arbóreas e incrementado la cantidad de ejemplares, de tal manera que las generaciones futuras que habitarán los barrios de San Cristóbal y Balvanera estarán eternamente agradecidas porque la introducción de estos árboles sin duda mejorará la calidad del medio ambiente, es que se ha procedido al reemplazo de viejas especies arbóreas y además se han incorporado otras nuevas que le servirán a las generaciones futuras.

Para otra oportunidad dejaremos el análisis sobre los costos que le ha representando al erario público esta obra que como dicen las autoridades del GCBA, se realiza para poner en valor la zona, lo triste es advertir que mientras se tienen aceras nuevas, la realidad económica golpea fuertemente sobre los pequeños comerciantes y mes tras mes vemos que se cierran estas fuentes de trabajo y llegan las inmobiliarias con los carteles de “SE ALQUILA” y este panorama por nadie deseado se está replicando en casi todos los barrios porteños.

23-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

22 DE NOVIEMBRE DE 1949 SE SANCIONA LA GRATUIDAD UNIVERSITARIA EN LA REPÚBLICA ARGENTINA

Hace pocos meses en la república hermana de Chile, luego de años de lucha del estudiantado universitario, se puso en vigencia una Ley bastante restrictiva por cierto, que estableció la eliminación de los aranceles universitarios en dicho país.

Por suerte en toda nuestra geografía la universidad pública no cobra aranceles desde el 22/11/1949 y pensar que algunos historiadores todavía hablan de la época caracterizándola con el eufemismo: “alpargatas sí libros no”.

22-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

A DOS AÑOS DEL DESGUACE DE LA LEY DE MEDIOS AUDIVISUALES

Unos meses antes que la Corte Suprema de Justicia declarara constitucional la “Ley de Servicios de Medios Audiovisuales”, compartimos con nuestros lectores una nota que hoy vamos a volver a publicar en la creencia de que estamos poniendo un poco de luz en la oscuridad, toda vez que una de las primeras acciones que emprendió el gobierno nacional fue el desguace de la referida Ley, cuya puesta en vigencia total fue reiteradamente aplazada merced a la complicidad de los integrantes de la justicia y los abogados del grupo “Clarín” que utilizaron todas las mañas de los procesales para no desprenderse de la cuota de participación en el mercado que excedía lo estipulado por la norma descuartizada por decretos de necesidad de urgencia que le quitaron todas las atribuciones a la ex AFSCA y consecuentemente en lugar de salir del corsé de los oligopolios de la información, lo que ha sucedido en concreto es que estamos en presencia de un mercado donde pocos grupos empresarios tienen cautivo a sus clientes.

En otra entrega abordaremos el tema de la desnacionalización de los resortes del estado en materia de comunicaciones y la paulatina pérdida de soberanía que representa cancelar proyectos que tendían a ser uno de los pocos países de avanzada como sucediera con la puesta en órbita de los satélites ARSAT  1 y 2.

Compartimos entonces nuestra nota fecha 23 de noviembre de 2012 que publicáramos en nuestro portal:

Grupos excedidos en licencias de radio:

Ninguna empresa puede tener más de 3 (tres) licencias en una ciudad. Entre ellas, no puede haber más de una radio AM y dos FM (siempre y cuando la localidad tenga más de ocho). A esto se suma el límite para que ninguna empresa pueda contar con más de una señal de aire y una AM en cada distrito.

Con exceso de licencias por alguno de estos motivos se encuentran: el Grupo Clarín, en 37 ciudades; el Grupo Uno, en 7 distritos; Radio Visión Jujuy, en tres departamentos de esa provincia, y los grupos Cadena 3, Telecentro, Indalo, Cero y el empresario Juan Carlos Schroeder, en un solo lugar.

Grupos excedidos en licencias de televisión:

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual establece en este apartado limitaciones a nivel local y nacional. En cada distrito, cada empresa debe tener como máximo o una licencia para un canal de cable o una licencia de TV abierta. No más. En tanto, en todo el país no se permite que ninguna compañía cuente con más de 10 licencias de aire y 24 de cable.

A nivel regional se encuentran excedidos el Grupo Clarín en el área metropolitana, Bahía Blanca y Córdoba capital; Radio Visión Jujuy en esa capital provincial; el grupo ICK, en Santiago del Estero y el Grupo Uno, en dos ciudades de Mendoza y otra de San Juan.

En tanto que a nivel nacional es el grupo Clarín quien se encuentra más afectado, ya que tiene un exceso de 237 licencias de cable y otras 28 de aire. Más atrás se ubica el Grupo Uno, con 49 de cable y 28 de aire. Luego hay también una serie de empresas que superan el máximo de canales de aire: Radio Cadena Eco (29), el grupo Memesio (15) y Cadena 3 de Córdoba (11).

Incompatibilidades con prestadores de cable y televisión satelital:

La normativa establece ciertas limitaciones a nivel nacional para aquellas empresas que prestan servicios de televisión por cable o tv satelital.

Cuando un grupo tiene una licencia de satélite, no puede tener ningún tipo de servicio de comunicación audiovisual. Afectados por esta situación se hallan DirecTV, el Grupo Uno, la Red Intercable y los empresarios Alejandro Tirachini y Roberto Ferraris.

En tanto, aquellas compañías que son prestadoras de televisión por cable sólo pueden tener "la generadora propia de esa señal". A raíz de esto, se encuentran excedidos de señales los grupos Clarín con 9; el Grupo Uno con 3; DirecTV con 2 y Telecentro y C5N con una.

Exceso de mercado:

La nueva normativa establece también que cada grupo no puede contar con un mercado de más del 35% de la población o de los suscriptores, según la característica del medio. En esta situación se hallan el grupo Clarín (en radio tiene 41,8%; en TV abierta, 38% y en cable, 58,61%), el Grupo Uno (excedido en radio y TV abierta), Telefé (con el 45,5% en TV abierta) y Cadena 3 (con 41% en radio).

Otros incumplimientos:

El Grupo Uno y el Grupo IT son prestadores de servicios públicos, Pampa Difusora cuenta en su directorio con un ex integrante de un gobierno de facto y Telearte tiene en su comisión a un funcionario público. Todos ellos deben solucionar estas situaciones antes del 7 de diciembre.

Además, el grupo Prisa, DirecTV y Telefé superan el máximo de 30% de participación para inversionistas extranjeros. Mientras que el primero deberá iniciar el proceso de adecuación, las otras dos compañías se verán exceptuadas. La primera, gracias al convenio de reciprocidad firmado por Argentina con los Estados Unidos. La segunda, gracias a que su conformación fue previa a la Ley de Bienes Culturales, que permitía su situación.

19-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

TEATRO COLÓN: OTRA CONSULTORÍA SOSPECHADA

Una vez más se sospecha de los servicios de consultoría que se licitan sin poder justificarse claramente y más aún cuando la empresa ganadora es McKinsey Argentina, una multinacional en la que prestaron servicios los coordinadores de la Jefatura de Gabinete de la Nación Gustavo Lopetegui y Mario Quintana.

En esta oportunidad el llamado a licitación fue realizado por el GCBA a través del Ente Autárquico del Teatro Colón, organismo que ha solicitado la contratación de un servicio de consultoría para el estudio, análisis y diagnóstico del histórico teatro.

Una vez más la firma ganadora ha sido la consultora McKinsey quien en esta oportunidad va a percibir por sus servicios honorarios por casi $ 3.000.000, que se suma a una anterior que data del mes de enero/2017 referida a otra consultoría acerca del estado de las veredas de la CABA; un verdadero despropósito, un negociado inventado para favorecer a los amigos del poder cuyo monto fue de $ 13.500.000, todo formalizado mediante una licitación privada que tuvo la particularidad de tener un solo oferente.

Da que pensar que el estado de la CABA no tenga funcionarios idóneos como para realizar este tipo de diagnósticos, que deberían formar parte del bagaje de conocimientos básicos que debería tener toda la clase dirigencial, que también debería tener cierto recato moral a la hora de contratar consultorías millonarias que son difíciles de justificar.

17-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

15/11/2017

MARCHA DE LOS HABITANTES DE LOS BARRIOS DE EMERGENCIA PORTEÑOS

14-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

“EL CORRALÓN” DE BALVANERA FUE DECLARADO DE INTERÉS CULTURAL POR LA LEGISLATURA

La Legislatura Porteña aparte de la institucional misión de sancionar las leyes realiza una fructífera y silenciosa tarea en defensa del patrimonio cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un ejemplo de esta misión es el apoyo y el reconocimiento a los antiguos bares notables que son una llama viva de nuestra historia ciudadana.

En la misma línea de las acciones precitadas, ahora el turno le ha tocado a “El Corralón”, pues en su última sesión ha sido declarado “Sitio de interés Cultural”, como sabemos se trata de un tradicional local gastronómico del barrio de Balvanera que ha cumplido sus primeros 25 años de existencia.

El restaurante/parrilla funciona en una antigua casona que data del año 1898 que se encuentra ubicada de la calle  Tomás Manuel de Anchorena 883 y su denominación se debe a que el negocio fue instalado en un predio donde se guardaban los caballos y los carruajes de la época conocido como "El Corralón.

La iniciativa sancionada fue promovida por los diputados del PRO Cristina García, Daniel del Sol y Roberto Quattromano, legisladores que en los considerandos de la propuesta de declaración afirman que se trata de un establecimiento cuya característica principal es que desde sus inicios el servicio de cocina se brinda hasta altas horas de la madrugada, lo que permitió desde siempre la presencia de gente del ambiente artístico, entre los que se puede citar a personajes como Gerardo Sofovich, todo un ícono de la noche porteña, habitualmente acompañado por su amigo Pepe Parada.

Además es muy común encontrar en las mesas de “El Corralón” a los integrantes de bandas musicales de géneros tales como el rock nacional, el tango o folklóricas, mechados con gente tan afamada como el periodista del diario La Nación Horacio Pagani, la vedette Moria Casán, la actriz y ex modelo Graciela Alfano, la empresaria de Varieté Carmen Barbieri y hasta el mismísimo Carlitos Balá con sus casi 100 años suele degustar las delicias del establecimiento recientemente distinguido por la Legislatura Porteña.

El equipo de Buenos Aires – Ciudad Krypton Digital, ya está reservando una mesa…

12-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

PROYECTO DE LEY PRESENTADO POR EL COLECTIVO HIJAS E HIJOS DE GENOCIDAS

Cuando Analía Kalinec, Laura Delgadillo, Pablo Verna, Liliana Furió y otros hijos de genocidas se fueron relacionando por las redes sociales, seguramente jamás pensaron que 40 años después de la más nefasta dictadura militar que azotara a nuestra patria, todavía tendrían fuerzas en su interior para denunciar la pesada carga que ha sido convivir con represores - confesos y no tanto – que participaron en la mal llamada guerra sucia.

Por eso doblemente valorable la acción de estos hombres y mujeres que renunciando de alguna manera a su vínculo filial privilegiaron la memoria, la verdad y la justicia, formando luego casi naturalmente el colectivo “Historias Desobedientes – Hijas e Hijos de Genocidas” que de algún hizo su aparición cuando se estaba por incluir en el beneficio de 2 x 1 a los represores detenidos por delitos y crímenes de lesa humanidad, afortunadamente la sociedad reaccionó velozmente en dicha oportunidad y la Corte Suprema de Justicia no hizo lugar a tan deleznable propuesta judicial.

Creemos que mucho además contribuyó la aparición de la hija del ex Comisario General de la Provincia de Buenos Aires Miguel Etchecolatz en los medios, participando en la marcha nacional convocada por los organismos de derechos humanos.

Es así que luego de un intenso trabajo en las redes sociales el 25 de mayo de este año se realiza el primer encuentro, que luego se repite el 18 de junio con mayor cantidad de personas unidas por la misma experiencia personal, es decir, haber convivido con genocidas en el marco familiar.

Uno de los ejemplos del progreso que ha tenido esta voluntariosa organización es un video institucional que se puede ver a través de Youtube producido por el abogado Pablo Verna, hijo de Julio Alejandro Verna, un médico de Campo de Mayo que anestesiaba a los detenidos clandestinamente, próximos a ser lanzados a las aguas del Río de la Plata, en los tristemente celebres “vuelos de la muerte” operativos reconocidos por el ex capitán de Marina Mario Scilingo, un ex militar que se encuentra recluido en España purgando sus penas por haber cometido delitos de lesa humanidad.

Otro de los avances del colectivo ha sido la presentación de un proyecto en la Cámara de Diputados que propone reformar los artículos 178 y 242 del Código Procesal, que prohíben la denuncia de los hijos a sus progenitores y/o testificar contra los mismos en el caso de desarrollarse juicios penales en los que se encuentren involucrados.

El proyecto cuya autoría también es de Pablo Verna y fue acompañado con la firma de 26 hijos de genocidas, nace en principio por las luchas intrafamiliares que cada uno tuvo que soportar en sus hogares, estigma del cual salieron victoriosos y luego por la búsqueda de un marco legal que contemple la posibilidad de declarar en contra de sus progenitores.

Lamentablemente no compartimos la optimista creencia de que el proyecto en cuestión pueda ser acompañado por la mayoría de los bloques parlamentarios, creemos que no resultará fácil lograr las voluntades necesarias para introducir las modificaciones al articulado del código procesal que se intenta llevar adelante, pues como hemos visto en las recientes elecciones, gran parte de nuestra sociedad todavía añora y justifica el accionar de la mano dura que tuvimos en el pasado.

Hay que decir que los proto fundadores de la organización han sido Analía Kalinec y Liliana Furió, quienes prestaron sus testimonios de vida en el libro “Hijos de los 70”, cuya autoría pertenece a las periodistas Carolina Arenes y Astrid Pikielny.

Analía es hija de un miembro de la Policía Federal condenado por crímenes de lesa humanidad cometidos en los centros clandestinos “El Atlético”, “Banco” y “El Olimpo”, mientras que Liliana Furió es hija de Paulino Furió, hombre que revistó en las fuerzas del Ejército Argentino, que fuera condenado por la misma razón en la Provincia de Mendoza.

Y pensar que la reciente ganadora de las elecciones en la CABA la doctora Elisa Carrió, está timoneando que estos represores abandonen las cárceles comunes y cumplan arrestos domiciliarios, toda una definición de los tiempos que corren a partir de la instauración del macrismo en Diciembre/2015.

10-11-2017 Luis Alberto Mello
Coordinador Buenos Aires – Ciudad Krypton Digital.

LEY DE ALQUILERES: LOS POTENCIALES CAMBIOS A INTRODUCIR POR LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN GENERAL DE DIPUTADOS DESVIRTÚAN LA LEY SANCIONADA POR EL SENADO DE LA NACIÓN

Durante años las organizaciones inquilinos se encuentran luchando para defender los intereses de los inquilinos, en esa pulseada desventajosa que tiene el mercado inmobiliario, donde siempre las normas son a favor de los locadores y la corporación de intermediarios.

Por eso en su oportunidad resultó muy importante el texto de la nueva Ley de Alquileres sancionada por unanimidad por el Senado de la Nación, que luego fue remida a la Cámara de Diputados para su tratamiento.

Sin embargo, como sabemos los representantes del pueblo representan intereses y/o sectores que muchas veces nada tienen que ver con las necesidades de los sectores más necesitados y en nuestra ciudad principalmente el tema de los alquileres es central pues 1/3 de los hogares porteños son alquilados, es decir, que la insuficiencia habitacional es ya estructural, esta realidad es la sumatoria de los desaciertos de 40 años de políticas erradas en la materia y como siempre en este caso, el pato de la boda es el inquilino que periódicamente debe renovar su contrato o bien mudarse hacia otros horizontes, estando en todos los casos, los inquilinos cautivos de las prácticas “non sanctas” de la “patria inmobiliaria”, un sector muy ligado en nuestra ciudad con la administración macrista, pues la puesta en valor de los barrios se encuentra directamente vinculada con los negocios de las empresas de bienes raíces.

Es tan grande el poder de este sector empresarial que en los corrillos legislativos de la cámara baja, se comenta que en la próxima reunión de la Comisión de Legislación General, presidida por Daniel Lipovezky del PRO, se propondrá la eliminación de los dos principales beneficios para los inquilinos, a saber:

Los plazos mínimos de los contratos que el senado estableció en 3 años sería modfiicado quedando tal cual como en el presente: 2 años.

El mecanismo de actualización de los precios de los alquileres será optativo, es decir, la consigna es asegurar la rentabilidad al locador, ya que podrá ser fijado optativamente lo que significa en el plano concreto que los propietarios podrán seguir fijando los valores libremente.

Si optaren por ajustar el valor del alquiler conforme lo establecido por la Ley lo podrán hacer a través de los incrementos del valor de las UVA y no como el sentido común lo indica mediante un índice promedio entre la inflación y el salario, que en cierta forma es contemplar las posibilidades de pago del inquilino.

Se incorporaría la figura del “desalojo expréss”, un artículo que hace realidad una vieja aspiración del mercado inmobiliario, que no es otro que echar a los inquilinos en tiempo récord y sin grandes tramitaciones judiciales.

 

Esperemos que en la próxima reunión de la Comisión de Legislación General opere el sentido común antes de la connivencia de los representantes del pueblo con determinados intereses.

Texto de la Ley de Alquileres que cuenta con la media sanción del Senado de la Nación:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 75 del Código Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:

ARTÍCULO 75.- “Domicilio especial. Las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de él emanan. Podrán además constituir un domicilio electrónico en el cual se tendrán por válidas y vinculantes las notificaciones que se cursaren al mismo, siendo plenamente eficaces todos los emplazamientos y/o comunicaciones que allí se practiquen”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el artículo 1.196 del Código Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:

Artículo 1.196. “Locación habitacional. Si el destino es habitacional, no puede requerirse del locatario:

El pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un (1) mes;

Depósitos de garantía o exigencias asimilables por cantidad mayor del importe equivalente a un (1) mes de alquiler; El depósito en garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación.

El pago de valor llave o equivalentes;

En caso que el contrato haya sido celebrado con la intermediación comercial de un corredor inmobiliario, las sumas que corresponden a comisiones u honorarios por los servicios prestados no podrán superar los máximos establecidos en cada jurisdicción. Si no los hubiere, no podrán ser mayores a un (1) mes de alquiler.

e) Cuando el corredor inmobiliario participe en la renovación del contrato de locación, las comisiones, u honorarios no podrán superar el valor de medio (1/2) mes de alquiler, si no hubiera un máximo establecido en cada jurisdicción respecto a la renovación contractual”.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyase el artículo 1201 del Código Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:

ARTICULO 1201.- “Conservar la cosa con aptitud para el uso convenido. El locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido y efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro originado en su calidad o defecto, en su propia culpa, o en la de sus dependientes o en hechos de terceros o caso fortuito. En caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario para que efectúe alguna reparación urgente, el inquilino podrá realizar por sí la reparación con cargo al locador, resultando de aplicación lo dispuesto en el artículo 1204 bis primera parte”.

ARTÍCULO 4°.- Agréguese como artículo 1204 bis del Código Civil y Comercial de la Nación el siguiente:

ARTÍCULO 1204 bis.- “Los gastos y acreencias que correspondan al locador conforme a lo dispuesto por el segundo párrafo del Art. 1201, podrán ser compensados de pleno derecho por el inquilino con los cánones locativos, previa notificación fehaciente detallada de las reparaciones y gastos en que incurriera. Los restantes gastos y acreencias que correspondan al locador conforme las disposiciones de esta sección, también podrán ser compensados de pleno derecho por el inquilino, con los cánones locativos. A tales efectos, previamente, el locatario debe intimar fehacientemente al locador a la realización de las reparaciones indicadas den el primer párrafo del Art. 1201, otorgando para ello un plazo que nunca será inferior a cinco días corridos contados a partir de la recepción de la intimación. La notificación girada al domicilio denunciado en el contrato se tendrá por válida aún si el locador se negara a recibirla o no pudiese perfeccionarse por otros motivos”.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyase el artículo 1209 del Código Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:

Artículo 1.209. “Pagar cargas y contribuciones por la actividad. El locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originen en el destino que dé a la cosa locada. No tiene a su cargo el pago de las que graven la cosa, ni las expensas comunes extraordinarias. En el caso de las expensas, sólo podrá establecerse que estarán a cargo del locatario aquellas que deriven de gastos habituales que se reiteran en el tiempo, por períodos no superiores a los dos meses, independientemente de que sean considerados como expensas ordinarias o extraordinarias”.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyase el artículo 1221 del Código Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:

Artículo 1221. “Resolución anticipada. El contrato de locación puede ser resuelto anticipadamente por el locatario:

a) Si la cosa locada es un inmueble, debiendo notificar en forma fehaciente su decisión al locador. Si hace uso de la opción resolutoria en el primer año de vigencia de la relación locativa, debe abonar al locador, en concepto de indemnización, la suma equivalente a uno y medio (1 ½) mes de alquiler al momento de desocupar el inmueble y la de un (1) mes de alquiler si la opción se ejercita transcurrido dicho lapso.

Las partes podrán acordar un plazo para efectuar la notificación referenciada y si el mismo fuese superior a los seis meses, no corresponderá el pago de indemnización alguna de hacerse uso de la opción.

Las partes deben acordar la renovación del contrato, por lo menos treinta (30) días antes de su finalización. A tal efecto, cualquiera puede convocar a la otra de modo fehaciente.

Si no llegasen a un acuerdo, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente.
Si llegasen a un acuerdo, la parte que no cumpla debe pagar a la otra una indemnización equivalente a un (1) mes de alquiler a la finalización del contrato.

b) En los casos del artículo 1199, debiendo abonar al locador el equivalente a dos (2) meses de alquiler”.

ARTÍCULO 7°.- Sustitúyase el artículo 1222 del Código Civil y Comercial de la Nación, por el siguiente:

ARTICULO 1222.- “Intimación de pago. Si el destino es habitacional, previamente a la demanda de desalojo por falta de pago de alquileres, el locador debe intimar fehacientemente al locatario al pago de la cantidad debida, otorgando para ello un plazo que nunca debe ser inferior a diez días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, consignando el lugar de pago. La notificación girada al domicilio del bien locado se tendrá por válida aún si el locatario se negara a recibirla o no pudiese perfeccionarse por otros motivos”.

ARTÍCULO 8°.- Agréguese como artículo 1223 bis del Código Civil y Comercial de la Nación, el siguiente:

ARTICULO 1223 bis.- “Desalojo. Cumplido el plazo previsto en el artículo 1222, o habiéndose verificado la extinción de la locación por cualquiera de los motivos previstos en esta sección, el locatario deberá restituir la tenencia de la cosa locada. Si el locatario no cumpliera con la entrega de la cosa locada, el locador podrá iniciar la acción judicial de desalojo, la que deberá sustanciarse por el proceso previsto al efecto en cada jurisdicción, o en su caso el más abreviado que establezcan sus leyes procesales. No podrá recusarse sin causa al Juez del proceso y será de aplicación al mismo lo dispuesto en el artículo 1222, última parte, respecto a la notificación de la acción al locatario.

Con la notificación de la sentencia de primera instancia al domicilio constituido, o al que dispusieran las normas procesales de la jurisdicción correspondiente y previa caución, podrá procederse a su ejecución, sin perjuicio de la sustanciación de los recursos pertinentes.  El plazo de ejecución de la sentencia de desalojo no puede ser menor a cinco días contados desde su notificación al locatario en los términos previstos en el párrafo precedente”.

Disposiciones Complementarias:

ARTÍCULO 9°.- Ajuste. En los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional se podrán acordar ajustes anuales, de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). En tal caso, a efectos de efectuar la actualización del alquiler deberá tomarse el valor de las UVA.

Exceptúese de lo dispuesto en los artículos 7° y 10° de la ley 23.928, y sus modificatorias, al procedimiento de actualización previsto en el párrafo anterior.

ARTÍCULO 10°.- Alquiler social. El Poder Ejecutivo Nacional a través de la Secretaría de Vivienda y Hábitat, deberá crear un programa destinado a apoyar a los inquilinos que tengan dificultades para cumplir con los requisitos de la garantía, depósito e incluso pago de alquileres, siempre que el destino de las mismas sean viviendas sociales, en los términos que establezca la reglamentación.

ARTÍCULO 11°.- Garantía. En el caso de requerir una garantía de cumplimiento de contrato, El propietario deberá aceptar a oferta del locatario cualquiera de las siguientes:

1) Garantía real.

2) Aval Bancario.

3) Seguro de Caución.

4) Garantía personal del locatario o del fiador, que se documentará con Recibo de sueldo, certificado de ingresos, o cualquier otro medio fehaciente. En caso de ser más de un locatario, deberán sumarse los ingresos de cada uno de ellos a los efectos de este artículo.

5) Cualquier otra que resulte satisfactoria a criterio del locador.

En todos los casos la garantía ofertada deberá cubrir al menos la suma correspondiente a cinco (5) veces el valor mensual de la locación.

ARTÍCULO 12°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

08-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

07/11/2017

LA SEGURIDAD EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Una de las demandas más fuertes de la sociedad porteña en todos los tiempos ha sido y es la falta de seguridad por la que atraviesan sus habitantes, una materia pendiente aún que se agiganta si consideramos que la conducción del distrito desde el año 2007 tiene el mismo signo político.

Es cierto que en el medio de la gestión del PRO se produjo la creación de la Policía Metropolitana, fuerza que en cuenta gotas convivió con la Federal, nada obsta para afirmar que poco y nada ha mejorado para el hombre común, más allá de la sesgada caracterización que hicieron de la problemática en el pasado y la actualidad los medios concentrados que manejan la opinión pública.

Todos recordarán que durante la gestión del gobierno anterior, los canales de televisión le dedicaban horas al tema de la inseguridad a través de sus delfines y que un suceso delictivo era repetido mil veces hasta horadar el cerebro de los televidentes.

Así durante las 24 hs. del día las “Doña Rosa” de miles de hogares fueron consumiendo acciones delictivas tales como: Secuestros Reales y Virtuales, Asesinatos, Robos de Moto-chorros, Violaciones, Asaltos a Entidades Bancarias, etc. prácticamente sin solución de continuidad, logrando instalar en la sociedad un estado de inseguridad tal que fue durante años la comidilla de la por entonces oposición.

Consagrada la nueva administración mágicamente desaparece de la agenda de los canales de televisión cubrir estos eventos, observándose entonces la manipulación de la información conforme la nueva realidad política del país.

La “inseguridad” que antes para el kirchnerismo era una “sensación” hoy día ni siquiera alcanza a tener dicha entidad, pues ha desaparecido de la mesa de noticias de los medios y esto no es una casualidad pues desde el GCBA y más precisamente desde el Ministerio de Seguridad, se elaboran políticas comunicacionales tendientes a reducir al mínimo la actividad del periodismo frente a este tipo de sucesos, hechos que se siguen materializando con la misma o mayor envergadura que en el pasado.

No se puede acusar al periodista Antonio Laje de anti macrista, sin embargo, el jefe de prensa del Ministerio de Seguridad de la ciudad, ante una nota periodística referida a la inseguridad en que viven los porteños, ni corto ni perezoso, se comunicó con la producción del programa intimándolos a no acostumbrarse a poner blanco sobre negro la realidad que vivimos.

Hay que destacar también el gesto que tuvo Laje al denunciar frente a las cámaras esta actitud de “apriete” para con el periodismo que tuvo el jefe de prensa del Ministerio de Seguridad del GCBA.

Y toda esta larga introducción la realizamos porque Martín Ocampo el Ministro de Seguridad porteño compareció ante la Legislatura a fin de dar una reseña acerca del alcance y el destino que tendrán las partidas más relevantes que integran el presupuesto del año 2018 a ser debatido por el parlamento local.

El presupuesto en cuestión es de $ 32.000.000 y además de los importes que corresponden al salario de la fuerza, cuyo promedio de ingreso es de $ 30.000.- durante el ejercicio 2018, se hará hincapié en la utilización del “anillo digital”, facilidad tecnológica que permite identificar los rodados que acceden y salen de nuestra ciudad, la instalación de más cámaras en la red de subterráneos y en las líneas de colectivo cuyo recorrido abarca solo nuestra geografía porteña.

Parece que en materia de seguridad tenemos pendiente el desarrollo de una política institucional que por un momento olvide el marketing político y se acuerde de las penurias de los habitantes de la ciudad.

06-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

LA JUSTICIA REPUBLICANAY SU CRUZADA ANTI CORRUPCIÓN K

Dicen que la justicia que tarda no es justicia, entonces bienvenida la celeridad con que los expedientes judiciales están avanzando en los estrados judiciales, pero muy especialmente en los de Comodoro Py, el paraíso terrenal de la justicia federal, una verdadera corporación de jueces y fiscales que desde Diciembre/2015 actúa en sintonía con los tiempos políticos que corren.

No puede sorprendernos entonces ver casi con perplejidad la ola de citaciones y detenciones direccionadas a ex funcionarios del gobierno anterior, carnaval que paradójicamente se inicia en tiempos pre-electorales que nos hacen recordar a tiempos donde la centralidad de la información periodística se centrara sobre el personaje bautizado como “la morsa” que aludía a la persona del ex Jefe de Gabinete Aníbal Fernández.

Pero llamativamente este embate a fondo de la justicia que estamos presenciando es una avenida de ida pero no de vuelta, pues por el carril de la ida pasan tirios y troyanos K acusados de haber participado durante sus funciones de organizaciones mafiosas cuyo objetivo fue enriquecerse a expensas del estado.

Seguramente hay mil formas de estafar al estado, pero sin duda la manera más habitual es hacerlo a través de la coima o el retorno, delito imposible de perpetrarse sin la existencia de un empresario corruptor del otro lado del mostrador, sin embargo, por el carril de la vuelta no han pasado hasta el presente ningún empresario ligado a los presuntos cohechos ni funcionarios del actual gobierno, sospechados, imputados y procesados que rápidamente son absueltos o bien las denuncias son desechadas.

Por eso ante las cataratas de detenciones que se están produciendo sin haberse realizado tan siquiera una indagatoria previa, tenemos que retroceder mucho para atrás para encontrar este tipo de persecuciones políticas tan sutiles como peligrosas que ponen en peligro las instituciones de la república.

Después desde los medios concentrados el periodismo gasta cientos de horas hablando de la grieta que creó la administración anterior…

04-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

SANCIONARON A LA CADENA DE SUPERMERCADOS CARREFOUR

Si bien la multa es pequeña en relación a los abusos que habitualmente comenten las cadenas de supermercados con sus clientes, nos parece muy interesante destacar el fallo del Juez Ladislao Endre, titular del juzgado Nº25 del fuero Penal, Contravencional y de Faltas de nuestra ciudad, a la firma INC S.A. licenciataria de las sucursales de Carrefour Express y Carrefour Market.

Si bien la sanción que ascendió a $ 301.206 es solo la punta del iceberg si tenemos en cuenta los miles de incumplimientos que se verifican a diario, representa un paso adelante, un tiro para la justicia, esto demuestra que cuando los inspectores obran con apego a sus normas, pueden constatar las 20 infracciones diferentes, cometidas en 29 sucursales de Carrefour distribuidas en 13 barrios porteños, observándose la mayoría de las infracciones en Caballito, Palermo y Núñez.

A fuer de ser sinceros, las sanciones son irrisorias, sin embargo, se pudo establecer un monto superior por la aplicación del artículo 31 del código de infracciones, ya que la empresa INC S.A. ya contaba con antecedentes de sanciones administrativas por las mismas causales que a continuación se detallan:

No exhibir plano de habilitación.
Ventilación mecánica y/o instalación electromecánica.
Disponer residuos diseminados en contenedor ubicado en vía pública fuera del horario legalmente permitido establecido por ley 662.
No exhibir seguro de responsabilidad civil por cartel saliente.
Registro QR de control de plagas ni certificado de fumigación vigente.
Almacenar alimentos en lugar inapropiado.
No exhibir al momento de la inspección certificado de aptitud ambiental y su categorización ni manifiestos de disposición final de residuos peligrosos.
Permitir a empleados trabajar sin libreta sanitaria expedida por el Gobierno de la Ciudad, entre otros incumplimientos.

Entre tanta desidia y sospechas judiciales, una buena noticia que tiende a proteger a los trabajadores y ciudadanos en general de los abusos empresariales.

03-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LOS MUERTOS

La mayoría de los que nos formamos en la cultura judeo-cristiana estamos en la creencia que al igual que el día de los santos, la celebración del día de los muertos tiene el mismo origen, sin embargo, se trata de una tradición meso-americana en la cual  se honra a los difuntos y como otras fechas importantes en el calendario religioso cristiano, lo que se ha producido una vez más es un sincretismo que prácticamente ha fusionado tradiciones con el objeto de que la nueva fe sea aceptada por los pueblos dominados.

El epicentro de esta festividad es la América Central y en especial la república Méxicana, siendo declarada esta celebración por la UNESCO como parte del “Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad”, también en el Brasil es festivo el “Día de los Finados” aunque sus raíces ya no son hispanoamericanas.

El culto a la muerte en México data de la época precolombina y dentro de su calendario existían 6 festejos dedicados a los muertos, la celebración tiene registros históricos que documentan su existencia en las etnias México, Maya, Purépecha y Totonaca, una práctica generalizada en las celebraciones era conservar los cráneos y mostrarlos durante los rituales pues simbolizaban la muerte y a su vez el renacimiento.

Las festividades eran presididas por la diosa Mictecacíhuatl, conocida como la "Dama de la Muerte" (actualmente relacionada con "La Catrina", personaje de José Guadalupe Posada) y esposa de Mictlantecuhtli, Señor de la tierra de los muertos. Las festividades eran dedicadas a la celebración de los niños y las vidas de parientes fallecidos

Es común observar en las celebraciones que lejos de ser una desgracia constituye un elemento positivo para las comunidades, en eso creemos que tiene cosas en común con el catolicismo que ante la muerte siempre augura para el fallecido una mejor vida en los cielos que la terrenal.

En parte del Paraguay y Brasil, el nordeste Argentino y en especial la Provincia de Corrientes tiene gran predicamento en el pueblo “San La Muerte” un personaje o entidad muy venerada por gente con baja instrucción educativa.

Más allá de los antecedentes históricos que hemos reseñado brevemente, en nuestro humilde criterio, es bueno para la conciencia de los hombres, tener un día para el recuerdo de los que se nos han adelantado y además reflexionar acerca de nuestra corta existencia terrenal, un soplo en la historia de la vida.

02-11-2017 Redacción Ciudad Krypton Digital.

PAGINAS NOVIEMBRE 2017 - ACTUALIDAD
1 2 3 4 5 INDICE  

 

EDITOR RESPONSABLE:
Luis Alberto Mello.
Nro de inscripción en el Registro Nacional
de la Propiedad Intelectual:
955203
ESTADOS UNIDOS 1819 PB "3" (C1227ABA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfonos: 011-6380-6821 / celular 15-3226-8012
Mail: buenosaires-ciudadkryptondigital@gmail.com
Envíenos sus comentarios a:
luismello.ckd@hotmail.com

 

 

 

 

© CIUDAD KRYPTON DIGITAL 2008. Todos los derechos reservados. Resol: 1024x768 Design By: ACTIVA100